Con más de 1,5 millones de perros en Uruguay, se toman medidas para controlar la población canina e intentar lograr una tenencia responsable de parte de quienes los adoptan como mascotas. En nuestro país, es una conducta errónea, irresponsable pero muy habitual, la de alimentar y "adoptar" perros en la vía pública, que luego andan sueltos en la calle, vagabundos, destrozando bolsas de basura, dejando materias fecales en veredas y jardines, atacando personas y generando una variedad de problemas sanitarios.

Estos animales, contraen enfermedades y se reproducen sin control, aumentando su número de forma exponencial y superando con creces la capacidad de los refugios creados para su contención.
Sumado a éstos malos habitos, estan aquellos de quienes tienen un perro como mascota en su casa, cuidado, bien alimentado, vacunado y lo sienten parte de su familia, pero lo sacan a "pasear" para que haga sus necesidades en las veredas, jardines, playas y parques donde transita la gente y juegan los niños, sin ningún sentimiento de culpa o responsabilidad por el hecho.Lamentablemente sucede en todos los barrios, pueblos, balnearios y ciudades de nuestro país.
Una medida que se adpota en éste sentido es la nueva reglamentación obligatoria, desde el 1° de octubre dueños de perros deben instalar obligatoriamente un lector subcutáneo a sus mascotas
Desde el 1º de octubre se pondrá en funcionamiento la inscripción obligatoria en el Registro Nacional de Animales de Compañía (RENAC). Se trata de una plataforma de registro nacional que alojará toda la información canina del Uruguay. Esto significa que los perros deberán ser identificados de forma obligatoria a través del implante de un microchip por veterinarios habilitados por Cotryba (Comisión de Tenencia Responsable y Bienestar Animal).
“Estamos cumpliendo lo que mandata la ley, y el documento generado especifica la información del animal y de su tenedor responsable, porque tenemos como mínimo 1,7 millones de perros, por lo que precisamos avanzar con compromiso nacional”, dijo el subsecretario de Ganadería, Enzo Benech, quien a su vez es presidente de Cotryba, en el lanzamiento del sistema, efectuado este miércoles 20 en Torre Ejecutiva."El problema que generan los perros en su relación con el entorno ocurre en un 90% en las áreas urbanas y el restante 10% en áreas rurales", afirmó Benech.
La Ley n.º 18471 encomendó a la comisión acciones conducentes a la creación de un sistema de identificación y registro de animales, formalizado a través del Registro Nacional de Animales de Compañía (RENAC), cuyo cometido es controlar el número de animales y conocer a sus tenedores.
¿Quiénes están habilitados para implantar el microchip y operar en el RENAC?La lista de veterinarios habilitados para operar en el sistema RENAC estará publicada en la página web de Cotryba, www.cotryba.gub.uy a partir del 1º de octubre.
Cotryba capacitó y habilitó a veterinarios que cubren todos los departamentos del país, hasta el momento hay 532 y un grupo de 172 están siendo capacitados y culminan su curso el próximo 25 de setiembre.
¿Por qué chipear?
La inscripción obligatoria en el RENAC es uno de los seis puntos del Programa Nacional de Gestión de la Población Canina. Dicho programa marca la estrategia a seguir por Cotryba para controlar la población de perros en Uruguay a niveles que no representen un riesgo para el país.
El registro de animales apunta a que los tenedores de mascotas sean responsables y cumplan los puntos básicos para el bienestar animal: alimento adecuando, agua fresca, paseo y ejercicio, integración y cariño, lugar protegido y atención veterinaria. Asimismo, una tenencia responsable implica el registro en RENAC, el cuidado de la buena vecindad, el no abandono, la responsabilidad sobre las crías, el uso del bozal, paseo con correas para evitar accidentes y limpieza de las heces. Se espera, con ésta nueva legislación, tener mayor control sobre la población canina y minimizar los impactos que hoy en día provoca.
Si se adpota una mascota, hay que hacerse cargo por completo, siendo responsable por sus actos y teniendo en cuenta el derecho de nuestros vecinos a caminar libremente sin temor a ser mordidos por un perro o pisar excremento del animal.
Ley Nº 18.471 de protección, bienestar y tenencia de animales
Decreto reglamentario Nº 204/2017 - Tenencia Responsable de Animales de Compañía











