
El Fondo Solidario de Materiales busca facilitar materiales para proyectos de refacción, reparación, mantenimiento o ampliación de viviendas con carencias.
¿QUIÉNES PODRÁN ACCEDER AL PROGRAMA?
Serán beneficiarias/os personas o grupos familiares que:
- Posean única vivienda con problemas edilicios graves.
- Que carezcan de servicios higiénicos básicos.
- Con problemas de hacinamiento o que habiten en asentamientos regularizados o en vías de regularización y estén registrados en el censo realizado para su regularización.
- Complejos habitacionales con importantes carencias en el nivel de habitabilidad.
De acuerdo a los ingresos:
- De cero a 8000 UI se subsidiará 75%.
- De 8001 a 12.000 se subsidiará 50% y de 12.001 a 17.000 un 25%.
Cada municipio, con el asesoramiento de los equipos técnicos actuantes, fijará el subsidio correspondiente y podrá estipular la financiación hasta en 10 cuotas.
Se realizará un Registro Único de Beneficiarios y se emitirá un reporte anual de los recursos financieros destinados a este programa y el grado de cumplimiento, remitiendo copia a la Junta Departamental de Montevideo.
DISTRIBUCIÓN DEL FONDO POR MUNICIPIOS
En la Junta de Alcaldes se aprobó la distribución del Fondo Solidario de Materiales -decreto No 36.557- en porcentajes por municipio de la siguiente forma:
- Municipio A: 18,75%
- Municipio B: 3,125%
- Municipio C: 6,25%
- Municipio CH: 3,125%
- Municipio D: 18,75 %
- Municipio E: 12.5 %
- Municipio F: 18,75%
- Municipio G: 18,75%
FUNCIONAMIENTO
El programa estará en funcionamiento a partir del 1º de marzo de 2018 y las inscripciones para acceder se realizarán en los Centros Comunales Zonales (CCZ) correspondientes de los ocho municipios.
Más Información:
Centro Comunal Zonal 12
Centro Comunal Zonal 13
Municipio G
Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación
Teléfono: 1950 2254 y 1950 2255
Dirección: Santiago de Chile 2050